Con respecto a las parejas de hecho y el conducto aplicable a la regulacion de sus crisis habria que matizar si las mismas poseen o nunca hijos, si estos son mayores o menores de permanencia y no ha transpirado, en su caso, si el proceso se ventila por tramites contenciosos o de mutuo acuerdo.
A) TRAMITE sobre MUTUO ACUERDO que afronta la cuestion mediante la presentacion sobre un convenio regulador, con independencia sobre la vida de hijos o nunca.